Caso real de familias que han realizado el proceso con INTERFERTILITY 1: Sasa nació en Ontario (Canadá) el pasado 20 de noviembre de 2019. Obtuvo el pasaporte canadiense el 13 de diciembre de 2019 y voló a España el 14 de diciembre. Más información sobre su caso aquí.
Muchas familias nos preguntan si la llegada de un nuevo gobierno puede cambiar la situación legal de la gestación subrogada, o si han variado las circunstancias en alguno de los principales países a los que acuden ciudadanos españoles para realizar el proceso. Por este motivo, hemos elaborado una guía muy resumida de la situación actual. ¡Esperamos que os sea útil!
Gracias a Javier, María, Fran, Miguel, Noelia, Néstor y a sus hijos Amelia, Sasa y Leo por autorizarnos a utilizar sus fotografías y casos concretos para ilustrar este artículo. ¡No podemos estar más orgullosos de acompañar a personas como vosotros en el camino a la paternidad/maternidad!
¿Puede cambiar la situación en España?
¿Qué familias pueden realizar el proceso en Estados Unidos y Canadá?
SITUACIÓN EN UCRANIA Y GEORGIA
¿Qué familias pueden realizar el proceso en Georgia y Ucrania?
SITUACIÓN EN ESPAÑA
En España los tratamientos de gestación subrogada no están permitidos por la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida, pero es totalmente legal para un ciudadano español tener un hijo o hija por esta vía en un país donde sí está regulada. Es decir, ser padres mediante este tratamiento en lugares como EEUU, Canadá, Ucrania o Georgia es legal para los ciudadanos españoles porque se rigen por la legislación del territorio donde se produce el nacimiento.
El catedrático de Derecho Manuel Atienza explica muy bien cuál es el marco legal en España en este artículo del diario El País.
Actualmente, la inscripción del bebé como hijo de los ciudadanos españoles se puede realizar de dos formas:
- Si el bebé nace en un país en el que la paternidad de los niños nacidos por gestación subrogada con carácter general se establece por sentencia judicial (Estados Unidos y Canadá, principalmente), el bebé es registrado automáticamente como ciudadano español en los consulados. Para ello se aplica la instrucción emitida el 5 de octubre de 2010 por la Dirección General de Registros y Notariado.
- Si el bebé nace en un país donde la paternidad de los niños se establece por vía administrativa (Ucrania y Georgia), la paternidad se establecerá por la vía judicial una vez en España.
¿Puede cambiar la situación en España?
El procedimiento de inscripción puede cambiar en el futuro, pero sea cual sea el nuevo gobierno o su ideología, no podría evitar que los bebés sean registrados finalmente como españoles, de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Durante el tiempo que dure el proceso de registro, los niños siempre tendrán garantizados el derecho a la sanidad universal, la justicia o la educación.
Esto se debe a que el TEDH ha establecido claramente que los estados europeos deben reconocer la identidad del niño y establecer mecanismos para registrarlo que sean rápidos (se establece orientativamente un plazo de cuatro meses, aunque en España actualmente el plazo puede ser algo mayor) y el país que más resistencias puso al respecto (Francia), fue condenado por ello en 2014.
A día de hoy, ningún país de la Unión Europea impide que los niños nacidos por gestación subrogada sean registrados finalmente como hijos de quienes realizaron el tratamiento, y en INTERFERTILITY trabajamos con familias procedentes entre otros países de Alemania, Suiza* o Francia, que son los países europeos con una legislación más restrictiva.
*Suiza no forma parte de la Unión Europea, pero sí está sujeta a la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Caso real de familias que han realizado el proceso con INTERFERTILITY 2: Amelia nació en Texas (Estados Unidos) el 10 de septiembre de 2019, obtuvo el pasaporte estadounidense el 3 de octubre de 2019, fue inscrita como ciudadana española en la embajada de Houston el 4 de octubre y voló a casa el 6 de octubre de 2019. Más información sobre su caso aquí.
La gestación subrogada tiene una regulación diferente de unos estados/provincias a otros, y cada vez es mayor el número de estados/provincias que establecen procedimientos claros al efecto, siendo California el estado pionero. Texas, Utah, Washington o Florida, entre otros, tienen ya una regulación clara dentro de Estados Unidos; como la tienen Ontario, British Columbia o Alberta en Canadá.
Por el hecho de nacer en Estados Unidos/Canadá, el bebé tendrá nacionalidad americana/canadiense para toda la vida, y a día de hoy los bebés se inscriben automáticamente como españoles a través de las embajadas, dando acceso automático, entre otros, a las prestaciones de paternidad y maternidad.
Tanto en Estados Unidos como en Canadá, puede obtenerse una sentencia judicial que da acceso al proceso de inscripción automático que recoge la mencionada instrucción de 2010. Además, como los bebés obtienen pasaporte y nacionalidad canadiense/estadounidense por haber nacido en dichos territorios, pueden volar a España con su pasaporte a los pocos días de nacer. Esto significa que en caso de que la instrucción fuese modificada o derogada, el bebé podría igualmente viajar y esperar a su registro definitivo en España. Así, por ejemplo, es lo que ha ocurrido con los casos de bebés franceses a los que el gobierno de Francia se negaba a inscribir antes de la sentencia del TEDH.
¿Qué familias pueden realizar el proceso en Estados Unidos y Canadá?
Cualquier tipo de familia puede realizar el proceso en estos países*. Así, madres solteras, parejas del mismo sexo, parejas no casadas o parejas casadas tienen acceso al tratamiento. En el caso de las madres solteras el proceso de inscripción puede ser más complicado en Canadá, y requerir de una sentencia posterior a la llegada a España.
*Algunos estados de Estados Unidos como Texas o Utah sí tienen requisitos propios, consúltanos para saber qué estados o provincias concretos se ajustan a tu modelo de familia.
SITUACIÓN EN UCRANIA Y GEORGIA
Caso real de familias que han realizado el proceso con INTERFERTILITY 3: Leo nació en Kiev (Ucrania) el pasado 10 de septiembre de 2019. Obtuvo el pasaporte ucraniano el 23 de octubre de 2019, y voló a España al día siguiente. Actualmente se encuentra en proceso de obtener la nacionalidad española por vía judicial. Más información sobre su caso aquí.
Estos dos países se diferencian de Estados Unidos y Canadá en que el proceso de inscripción se realiza por vía administrativa (no interviene un juez), y además por ley los bebés no reciben la nacionalidad ucraniana/georgiana automáticamente sólo por el hecho de haber nacido en su territorio.
Hasta hace unos meses, el proceso allí consistía en que se registraba al bebé como hijo de padre español, previo reconocimiento de la paternidad por parte de éste ante el Cónsul de España competente, y con ese registro se emitía un pasaporte español que permitía al bebé volar a España. Una vez en España, mediante un proceso judicial el bebé era registrado también como hijo de la madre española.
Con la llegada del gobierno socialista, desde el ministerio de Justicia se enviaron nuevas instrucciones a los Servicios consulares en el extranjero, y actualmente las embajadas deniegan el registro. Por este motivo, los estados ucraniano y georgiano sí otorgan al bebé la nacionalidad y el pasaporte de dicho país (de esta manera, se evita que el bebé sea apátrida), con el que los niños pueden volar a España. Una vez en territorio español, debe realizarse un proceso judicial para que el bebé quede finalmente registrado como español. Mientras se produce dicho proceso judicial, el bebé tiene garantizados el acceso a derechos como la sanidad, educación y justicia. El tiempo medio desde que el bebé nace hasta que los padres regresan a España con el pasaporte ucraniano/georgiano va en los últimos casos desde uno hasta tres meses.
¿Qué familias pueden realizar el proceso en Georgia y Ucrania?
En ambos países debe tratarse de una pareja heterosexual, casada o en proceso de casarse, y la mujer debe acreditar que o bien padece una causa física que le impida o haga muy arriesgado para ella gestar, o bien que ha realizado varias transferencias embrionarias con resultado negativo y aun así le haya sido imposible gestar.
SITUACIÓN EN OTROS PAÍSES
En esta guía se han abordado las circunstancias legales de los cuatro países a los que actualmente acuden más familias españolas. Igualmente, cada cierto tiempo se promocionan países donde no existe regulación, o donde el proceso es claramente arriesgado. Si tienes dudas sobre tu caso concreto, o sobre algún país que no se menciona en esta guía, ¡ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos encantados!